Prestación por Desempleo
La Prestación del SEPE, Servicio Público de Empleo Estatal ó Prestación Contributiva nos protege de la situación de desempleo de aquellos que pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo de manera temporal o definitiva o vean reducida de manera temporal su jornada ordinaria entre un mínimo de 10% y un 70%.
Por experiencia, sabemos que este tipo de trámites en línea, resultan complicados de localizar, son difíciles de acceder, son laboriosos y vienen con muchas instrucciones. Por esa razón, queremos facilitarte el siguiente formulario inteligente, el cual te va a mostrar paso a paso todos los requisitos resumidos, para consultar y tramitar tu Prestación Contributiva por Desempleo. Al final el formulario te enviará a la web oficial sepe.es para que puedas realizar el trámite de una manera segura.
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Quiero cobrar el paro
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El SEPE Servicio Público de Empleo Estatal cuenta con 4 opciones para tramitar la prestación
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Ya sabes todo lo necesitas para tramitar la Prestación por Desempleo, ahora haz clic en el botón de Enviar y automáticamente te enviaremos a la web oficial del SEPE, Servicio Público de Empleo Estatal, para que puedas solicitar tu prestación.
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Trámites de Prestaciones en línea
Son muchas las consultas y trámites que desde el SEPE Servicio de Empleo Estatal ó los Servicios Públicos de Empleo de las diferentes Comunidades Autónomas que juntos conforman el Sistema Nacional de Empleo. En conjunto es lo que ha venido a sustituir al INEM, Instituto Nacional de Empleo.
- 1 Simulador de Autocálculo de Prestación por Desempleo
- 2 ¿Cuánto voy a cobrar estando en el paro?
- 3 Reconocimiento de la Prestación Contributiva por desempleo
- 4 ¿Cuánto es el máximo y mínimo que puedo cobrar de paro?
- 5 Reconocimiento de Prórroga de Subsidios
- 6 Duración de la prestación en función del periodo cotizado
- 7 Gráfico de cuántos días te pertenecen
- 8 ¿Los autónomos tienen paro?
- 9 SEPE Prestaciones mayores de 52 años
- 10 Certific@2
- 11 Las 7 preguntas más buscadas
- 12 Otras preguntas interesantes
- 13 Vídeo SEPE Consulta Prestación por desempleo
Desde este enlace vas a poder tener acceso directo a simulador de la web oficial del SEPE. De este modo, vas a poder saber la posible prestación a la que podrás tener derecho, además de la duración y del importe.
En función de cuál sea tu caso, vas a poder seleccionar entre:
- Calcular tu Prestación por finalización de contrato.
- Calcular Subsidio por Desempleo por agotamiento de la prestación contributiva.
Es primordial saber como se calcula la base reguladora que se va a tener en cuenta a la hora de determinar el porcentaje que te va a corresponder de Subsidio por Desempleo.
Esta base reguladora se calcula sumando las bases de cotización por Contingencias profesionales en los últimos 180 días que has cotizado y dividiendo dicho importe entre 180.
Aquí tienes el enlace de la página oficial del SEPE para poder solicitar de manera rápida el reconocimiento de tu prestación por desempleo, en el caso de que hayas extinguido tu relación laboral dentro del régimen de la Seguridad Social, en dos variantes:
- Modalidad de alta inicial
- La reanudación que tenías reconocida con anterioridad y no estaba agotada
Recuerda que para acceder al reconocimiento de la prestación, necesitarás disponer de: Clave Permanente, de Certificado Digital ó DNI electrónico
Para el cálculo de los importes, la administración lo que hace es realizar un promedio de las bases de cotización de los últimos seis meses. De esta manera se establecerá una cuantía máxima y mínima de prestación por desempleo.
Estas cantidades máximas y mínimas, se convierten en los rangos entre los que se moverán las ayudas por desempleo.
Para que lo puedas ver de una manera rápida y sencilla, hemos creado la siguiente tabla:
¿Cuánto es el máximo de paro?
Hijos | Importe |
---|---|
Sin Hijos | 1.098,09€ |
1 Hijo | 1.254,96€ |
2 Hijos o más | 1.411,83€ |
Importante: Imagina que tienes un hijo y el promedio de tus bases de cotización sean por ejemplo, 1.400 €. La cantidad máxima que podrás cobrar no serán los 1.400 € sino 1.254,96 €, que es el tope máximo.
¿Cuánto es el mínimo de paro?
Hijos | Importe |
---|---|
Sin Hijos | 501,98€ |
1 Hijo o más | 671,40 |
Desde este enlace vas a poder solicitar el Reconocimiento de la prórroga por desempleo, que ya tenías reconocido anteriormente y que no se encuentra agotado.
La prestación del SEPE por desempleo se reconoce inicialmente por seis meses y a partir de aquí vas a poder hacer las ampliaciones, cada seis meses.
Hemos querido presentarte mediante una tabla, en función del periodo cotizado en días, la duración que tendrás derechos a percibir la prestación.
Tendrás un periodo mínimo de 4 meses y un máximo de 2 años. Teniendo en cuenta estos datos, puedes ver en la tabla el tiempo de prestación que te pertenecerá.
Período cotizado | Duración de la Prestación |
---|---|
De 360 días a 539 días | 120 días |
De 540 días a 719 días | 180 días |
De 720 días a 899 días | 240 días |
De 900 días a 1.079 días | 300 días |
De 1.080 días a 1.259 días | 360 días |
De 1.260 días a 1.439 días | 420 días |
De 1.440 días a 1.619 días | 480 días |
De 1.620 días a 1.799 días | 540 días |
De 1.800 días a 1.979 días | 600 días |
De 1.980 días a 2.159 días | 660 días |
A partir de 2.160 días (6 años) | 720 días (2 años) |
Realmente los autónomos no tienen derecho a una prestación por desempleo propiamente dicha, puesto que dicha prestación solo se aplica a trabajadores por cuenta ajena.
En el caso de autónomos, hablaremos de cese de actividad, en lugar de paro del autónomo.
Los requisitos:
- Haber cotizado al menos 12 meses como autónomo en concepto de cese de actividad.
- Estar afiliado y dado de alta en el Régimen especial de Trabajadores autónomos.
- Estar al día en el pago de la cuota de autónomo.
La prestación por cese de actividad se corresponderá con el 70% de la Base Reguladora, que será la media de las bases de cotización que habrás realizado durante los últimos 12 meses anteriores al cese de actividad.
Durante este pasado 2020, la base de cotización mínima eran 944,40€ y la base máxima 4.070,10€.
Duración:
En este apartado hemos querido ofrecer toda la información disponible sobre el Subsidio para mayore de 52 años. Requisitos, duración, cuantía, etc…Te lo presentamos de manera muy visual para que no tengas ningún tipo de duda a la hora de solicitar tu prestación.

En el caso de tener 52 años o más y has agotado la prestación, aquí tienes el enlace donde vas a poder ver los requisitos que tienes que cumplir y la información necesaria para poder solicitar el subsidio por desempleo.
El servicio que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal, para empresarios, autónomos y colegiados profesionales les permitirá llevar a cabo comunicaciones de datos de sus trabajadores. De esta manera se termina con la necesidad que existía hasta el momento de presentar la documentación de manera presencial.
Desde este enlace te llevaremos a la web oficial para poder darte de alta en el sistema Certific@2.
Las 7 preguntas más buscadas
Estoy cobrando el paro y no he renovado la demanda ¿Cuáles van a ser las consecuencias?
Si olvidas renovar la demanda por prestación de desempleo, la administración iniciará sobre ti un procedimiento sancionador por una infracción considerada como leve y que puede llegar a alcanzar la pérdida de un mes de paro.
¿Qué plazo tiene el SEPE para contestar mi solicitud de paro?
El Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE, tendrá que contestar tu solicitud en el plazo de 15 días siguientes a la fecha en que la presentaste.
¿Cuántos días tiene el SEPE para notificarme sobre la resolución de mi solicitud?
El Servicio Público de Empleo Estatal, tiene 10 días para notificarte, a partir de la fecha en que se haya dictaminado tu resolución.
Si pasados 3 meses sin recibir notificación, tu prestación se entenderá que ha sido rechazada por silencio administrativo.
¿Tengo derecho a pagas extraordinarias cobrando el subsidio por desempleo?
De ninguna manera se cobran pagas extras ni en la prestación contributiva ni tampoco en el subsidio por desempleo.
¿Tengo derecho a vacaciones si cobro prestación por desempleo?
Mientras estés cobrando la prestación por desempleo, no eres un trabajador en activo y por lo tanto, no vas a poder disfrutar de vacaciones.
En el caso de tener suspendido el contrato de trabajo por Regulación de empleo ¿Se puede trabajar en otra empresa?
En el caso de que te encuentres en un ERTE, Expediente temporal de regulación de empleo, podrás realizar otra actividad laboral, ya sea por cuenta propia por cuenta ajena. La suspensión de un contrato de trabajo, te supone a ti y a la empresa la liberación de todo tipo de obligaciones respectivas, de trabajar y remunerar el trabajo.
Otras preguntas interesantes
En la prestación por desempleo, no cotizas a
Por desempleo, por accidente de trabajo y enfermedad profesional, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional.
¿Debo reclamar contra el despido para cobrar el paro?
No es necesario presentar demanda frente al despido ante el Juzgado de lo Social y tampoco, que el despido sea considerado como procedente, improcedente o nulo por resolución judicial.
En el caso de haber cobrado más de la cantidad que te corresponde
El SEPE, Servicio Público de Empleo Estatal, te lo comunicará, te informará del motivo del cobro indebido y el importe que deberás a la administración. De esta manera, te indicará una cuenta donde deberás realizar la devolución.
¿Qué es Certific?@2?
Es una aplicación web que el SEPE pone a disposición de empresarios y profesionales colegiados para transmitir: Certificados de empresa, periodos de actividad laboral, alta de prestaciones de personas trabajadoras afectadas por un expediente de regulación de empleo etc...
Vídeo SEPE Consulta Prestación por desempleo
En el siguiente videotutorial te mostramos paso a paso cómo se consulta en la web oficial del SEPE, la prestación contributiva por internet. Tienes que tener en cuenta, que este trámite es totalmente gratuito y puedes hacer todas las consultas que quieras.
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